jueves, 28 de enero de 2010

Comentario sobre la desestimación total del Recurso de reposición

Dicho recurso fue interpuesto por mí el 16 de octubre de 2009 y su contenido íntegro figura en una entrada anterior.
Para rebatir los Fundamentos de Derecho que figuraban en el mencionado recurso, el Ayuntamiento de Sevilla esgrime una serie de argumentos, la mayoría un tanto peregrinos, cuyas autoras son la Jefa del Negociado de Tráfico Jurídico y la Jefa de Negociado de Inventario, que intentan justificar lo injustificable.
Así la primera se encarga de rebatir los Fundamentos primero y segundo. En cuanto al primero, viene a decir que según la nueva normativa, tanto la Junta de Gobierno como el Concejal Delegado de Servicio de Patrimonio pueden sustituir al Pleno municipal, cosa que para mí no está nada clara. Respecto al punto segundo niega que se haya producido indefensión, pero lo cierto es que la argumentación que se esgrime no se ajusta a la realidad, puesto que a lo que yo tuve acceso, después de solicitarlo por escrito, fue a las alegaciones presentadas por el Arzobispado, aompañadas de la solicitud de prórroga, pero en ningún caso eso puede suplir la falta de motivación de los puntos de la Resolución nº 7694 de 17 de septiembre de 2009, a no ser que por el afán desmedido de darle la razón al Arzobispado se llegue al disparate de considerar dichas alegaciones como las motivaciones que exige la Ley 30/92 para las Resoluciones de los organismos públicos.
La Jefa de Negociado de Inventario es la encargada de rebatir el resto de los Fundamentos de Derecho. En relación con el punto tercero hay que decir que en el Recurso de Reposición no aparece ningún Fundamento cuestionando la legalidad de la construcción de un templo en un suelo de propiedad municipal calificado como SIP-SC. Eso sí, se había pueto de manifiesto en escritos míos anteriores. Por lo tanto, esta argumentación avalando la legalidad del proyecto sobra, ya que de lo que se trata es de rebatir los Fundamentos de Derecho del Recurso de Reposición.
Pero cuando realmente aparecen argumentos surrealistas y hasta kazkianos es a la hora de justificar el retraso por parte del Arzobispado en la ejecución de la obra. Aquí se ve clarísimamente que el Ayuntamiento de Sevilla no observa ni la ecuaminidad ni la neutralidad que se supone debe adoptar un organismo público. Tanto es así que para rebatir mis Fundamentos de Derecho tienen la desfachatez de utilizar los mismos argumentos que ya utilizó el mismo Arzobispado en su escrito de alegaciones. Además, no tienen rubor alguno en reconocerlo. Un ejemplo paradigmático de lo que acabo de expresar es cuando se dice que en el Acuerdo de la Junta de Gobierno (que no fue la Junta de Gobierno la que en realidad tomó el Acuerdo sino el Pleno municipal) "la expresión deberá ejecutarse no debe interpretarse en el sentido de que las obras hayan de estar concluídas, por lo que está sometido a una condición temporal, señalando una fecha de inicio pero no de finalización, ya que la condiciones en materia del derecho de superficie no debe interpretarse en su literalidad, amén del espíritu o voluntad por parte del Ayuntamiento a la hora de conceder tal derecho". Decir que en el Acuerdo sólo se habla de fecha de inicio pero no de finalización es sencillamente faltar a la verdad y argumentar que no hay que ceñirse a la literalidad viene a significar que cada uno puede interpretar los acuerdos a su antojo, de acuerdo con su propia conveniencia. En fin, una auténtica aberración.
Pero cuando verdaderamente se pone de manifiesto la actitud del Consistorio es cuando se dice que ha existido una clara voluntad política por parte del mismo en cederle ese solar al Arzobispado para que construya una parroquia, aunque sea a costa de saltarse los Acuerdos y las propias leyes vigentes. Es decir, adopta una postura manifestamente maquiavélica, aplicando el principio de que el fin justifica los medios.
Decir por otro lado que el Arzobispado ha cumplido el Acuerdo porque instaló un despacho parroquial prefabricado, que cumplía, se añade, satisfactoriamente la finalida de la concesión del derecho de superficie, y que las obras se iniciaron dentro del plazo estipulado, son argumentos que atentan contra la inteligencia humana, verdaderamente risibles. Si ya el mencionado despacho cumplía adecuadamente la finalidad prevista, ¿a qué viene embarcase en una costosa obra, máxime teniendo en cuenta la precaria situación financiera del Arzobispado? Si lo importante es que las obras se inicien dentro del plazo establecido, ¿por qué se estipula que deben estar terminadas en un plazo de cinco años?¿No hubiera sido suficiente con establecer sólo la fecha de inicio?
Los últimos argumentos, indicando que el Ayuntamiento ha cumplido con sus obligaciones, velando por el "interés público y general" demuestarn un cinismo patético, pues un Gobierno municipal que se autocalifica de progresista no puede apadrinar de ninguna manera la construcción de un Centro religioso, que en la mayoría de los casos son plataformas de adoctrinamiento contrarias a los avances sociales, habiendo rechazado la posibilidad de dotar al barrio de un equipamiento público tan necesario para elevar el nivel cultural de los ciudadanos como una biblioteca. Aquí hay que poner en duda las manifestaciones de los políticos en el sentido de mejorar la educación de la ciudadanía, pues ellos prefieren gobernar sobre unas masas de ignorantes, desprovistas de cualquier espíritu crítico.
Manifestar, por último, que la alusión que se hace a dos artículos de la Constituciíon, intentando justificar la postura muncipal, no se ajusta a la realidad. Para empezar, yo nunca he puesto en duda la garantía de la libertad religiosa, que aparece en el artículo 9, pero hay que decir que los organismos públicos no suelen aplicar el principio de igualdad también proclamado en ese articulo. Tal vez esta situación de privilegio en el tratamiento de la Iglesia católica, que aparece claramente anunciado en el artículo 16.3 , esté en el origen de ese poceder discriminatorio de los organismos públicos respecto a las diferentes confesiones religiosas.
Recordando la expresión de don Miguel de Unamuno, dirigida al sanguinario general Millán Astray, en la ciudad de Salamanca, al iniciarse la sublevación militar, que degeneró en nuestra trágica Guerra Civil, dirigiéndome tanto al Arzobispado como a su fiel aliado, el Ayuntamiento de Sevilla, les digo: "Venceréis pero no convenceréis".

lunes, 25 de enero de 2010

Nuevo escrito del Ayuntamiento

Que me maten si entiendo el proceder del Ayuntamiento de Sevilla respecto al tema del solar del barrio del Porvenir, ya que cuando nuevamente me esperaba que me aplicasen simplemente el silencio administrativo, precisamente el día que cumplía el plazo para interponer ya por vía judicial el correspondiente recurso contencioso-administrativo, recibo un nuevo escrito donde aparece primero un Acuerdo único de la Junta de Gobierno, desestimando en su totalidad el recurso de reposición interpuesto por mí el 16 de octuibre de 2009, siguiendo después la fundamentación jurídica de dicho Acuerdo, llevada a cabo por una funcionaria del Negociado de Tráfico Jurídico. La única explicación que le encuentro a semejante proceder es la persistencia de una mala conciencia por parte de las personas que están llevando este tema a nivel municipal, debido que por un lado comprenden que mis peticiones son justas, pero por motivos políticos se ven obligadas a defender los intereses del Arzobispado.
Seguidamente paso a transcribir integramente el contenido del escrito, el cual tiene en el Registro de salida la fecha del 12 de enero de 2010, aunque yo lo recibi por correo certificado con acuse de recibo tres días más tarde, es decir, el 15 del mismo mes.
"La Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, con fecha 30 de diciembre de 2009, se ha servido aprobar la propuesta del Capitular Delegado de Patrimonio y Contratación, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"" En relación con el escrito presentado por D. Antonio Rojas Romero, por el que interpone recurso de reposición contra la Resolución nº 7694 de fecha 17 de septiembre de 2009, adoptada por el Capitular Delegado de Patrimonio y Contratación en virtud de las facultades que le han sido conferidas por Acuerdo de Junta de Gobierno de 26 de julio de 2007, instando la estimación del mismo; en base a lo expuesto en el informe emitido por el Servicio de Patrimonio, Negociado de Tráfico Jurídico, el Capitular Delegado de Patrimonio y Contratación, se honra en proponer la adopción de los siguientes: ACUERDO.- ÚNICO. Desestimar en su totalidad el recurso de reposición interpuesto por D. Antonio Rojas Romero contra Resolución nº 7694 de fecha 17 de septiembre de 2009, adoptada por el Capitular Delegado de Patrimonio y Contratación en virtud de las facultades que le han sido conferidas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de julio de 2007, por la que se desestimaban peticiones varias relativas a un derecho de superficie otorgado para la construcción de una iglesia en el barrio del Porvenir, y notificar al interesado, en unión con el informe del Negociado de Tráfico Jurídico, a los efectos de motivación legalmente exigidos por el art. 54.1b) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.""
"Lo que notifico a Vd., significándole que contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según el objeto de los actos, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla,11 de enero de 2010
EL SECRETARIO GENERAL
P. D.
LA JEFE DE SECCIÓN DE VIVIENDA
Fdo.: Eva Sánchez Mingo
Transcribo a continuación el informe técnico emitido por la Jefe del Negociado de Tráfico Jurídico, en apoyo del Acuerdo único anterior.
"En relación con el escrito presentado por D. Antonio Rojas Romero, por el que interpone recurso de reposición contra Resolución nº 7694 de fecha 17 de septiembre de 2009, adoptado por el Capitular Delegado de Patriminio y Contratación en virtud de las facultades que le han sido conferidas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de julio de 2007, instando la estimación del mismo, la técnico que suscribe tiene el deber de informar:
PRIMERO: En cuanto a la nulidad del acto adoptado por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia, señalar que si bien es cierto que antes de la entrada en vigor de la Ley 57/203, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que modificó la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el órgano competente era el Pleno, no lo es menos que a partir de 2004, fecha de entrada en vigor de la citada Ley 57/203, el competente para la gestión patrimonial pasa a ser la Junta de Gobierno Local; se completa lo anterior con lo dispuesto en la Disposición Adicional 2ª de la Ley 30/2007 de Contratos de las Administraciones Públicas y con facultades recogidas por el Acuerdo Sexto adoptado por la Excma. Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla de fecha 27 de septiembre de 2007 que concreta las mismas en la gestión , la enajenación y cualquier acto de disposición sobre el patrimonio del Ayuntamiento, procediéndose, además, por urgencia motivada, a la adopción del Acuerdo por el Concejal Delegado del Servicio de Patrimonio, potestad fundamentada en Acuerdo de la Junta de Gobierno celebrada el 26 de julio de 2007.
SEGUNDO: Respecto del fundamento segundo que presenta el recurso, indicar que en ningún caso se ha producido indefensión, puesto que la fundamentación de la Resolución nº 7694 de fecha 17 de septiembre de 2009 se exponía en el informe emitido por la Jefa de Negociado de Inventario, del cuál se dio vista al Sr. Rojas, junto con el resto de la documentación, entregándose copia de lo solicitado por el interesado el día 14 de octubre de 2009, circunstancia que consta en el expediente acreditada mediante recibí del interesado.
TERCERO: En relación con el resto de argumentos esgrimidos por el Sr Rojas, reproducimos la fundamentación del informe de la Jefa de Negociado de Inventario enunciado en el apartado anterior, que se considera dan respuesta a lo solicitado por el interesado, que se expresa , de forma textual, en los siguientes términos:
Por lo que se refiere a las alegaciones presentadas por el Sr. Rojas en sus escritos, señalar que fundamentalmente se basan en dos argumentos:
-La calificación urbanística de la parcela en cuestión, dado que este suelo fue obtenido mediante expropiación, es de dominiom público calificada de SIP-SC (Servicio de Interés Público y Social-Socio Cultural), no incluída en el Patrimonio Municipal del Suelo, por lo que resulta incompatible con este uso la implantación de un Centro Parroquial, incumpliéndose de igual forma y por el mismo motivo la causa que legitimó la expropiación.
Señalar, en primer lugar, que la legislación aplicable al dercho de superficie permite la constitución del mismo sobre suelo de Dominio Público como Patrimonial, baste citar el art. 77 de la LOUA que señala que "Las administraciones Públicas y demás Entidades Públicas, así como los particulares, podrán constituir el dercho de superficie en bienes de su propiedad o integrantes del Patrimonio Público del Suelo corespondiente con destino a cualquiera de los usos permitidos pir la Ordenación Urban´sitica, cuyo derecho correesponderá al superficiario"
En cuanto a la compatibilidad de la calificación de la parcela con la construcción de un Centro Parroquial, significar que en virtud del vigente PGOU aprobado mediante Resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, de fecha 19 de julio de 2006, el suelo objeto de discordia se contempla como SIPS-SC, definido por las normas urbanísticas en su art. 6.6.2.2 c) como el que agrupa "Dotaciones soporte de actividades culturales más tradicionales destinadas a custodia, trasmisión y conservación del conocimiento, fomento y difusión de la cultura y exhibición de la artes, así como las actividades de relación social, tendente al fomento de la vida asociativa y, en función de tres ámbitos diferentes: vecinal,barrio y distrito"; indicando a continuación entre los distintos centros que integran este uso a los "Centros de Culto con ámbito de Barrio o incluso Distrito o Ciudad: constituyen los equipamientos que permiten el desarrollo de actividades religiosas y facilitan servicios de asistencia religiosa a la población y son también el soporte de actividades sociales e institucionales".
En base a lo expuesto, observamos que desde un punto de vista urbanístico, el carácter de dominio público de la parcela es compatible con el uso dado a la misma para la construcción de un Centro de Culto, y por tanto se da cumplimiento a la causa que legitimó la expropiación del suelo, habida cuenta de que se ha primado la función social del suelo sobre el derecho de propiedad tal como establece la STS de 1 de diciembre de 1986.
-Incumplimiento por parte del Arzobispado del plazo establecido por el Ayuntamiento al otorgar el dercho de superficie, concretamente 5 años, para la cosntrucción de un templo y locales pastorales.
A este respecto, indica que con fecha 2 de julio de 2009 tan sólo se disponía de la licencia para la construcción de la primera fase de las obras, las cuales debieron ser suspendidas de conformidad con el art. 111.3 de la Ley 30/92, dado que con fecha 12 de junio este Sr. instó a la Gerencia de Urbanismo para que procediese a la reversión del derecho, solicitando, en consecuencia y en aplicación del art. 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y 27 de la Ley de Bases de las Entidades Locales de Andalucía, la extinción del derecho de superficie y la reversión del inmueble al Ayuntamiento. Estimando que no sería posible otorgar la prórroga de un derecho ya edxtinguido.
Para analizar este argumento nos parece necesario traer a colación lo alegado por el Arzobispado:
En primer lugar expone que la construcción de la primera fase del Centro Parroquial Carlos Borromeo (sic, sin el San) es ajustada a derecho y conforme al planeamiento urbanístico, argumentándolo jurídicamente. En este punto nos remitimos a lo informado en la alegación 1ª del Sr. Rojas.
Por otra parte señala que el Acuerdo tercero adoptado por la Junta de Gobierno de fecha 21 de julio de 2003, por el que se otorgó el derecho de superficie que literalmente dice "La construcción deberá ejecutarse en un plazo máximo de 5 años, contados desde la fecha en que se otorgue la escritura de constitución del derecho de superficie", lo cual se produjo el 29 de junio de 2004. Entendiendo que la expresión "deberá ejecutarse" no debe interpretarse en el sentido de que las obras hayan de estar concluídas, por lo que está sometido a una condición temporal, señalando una fecha de inicio pero no de finalización, dado que las condiciones en materia del derecho de superficie no deben interpretarse en su literalidad, amén del espíritu o voluntad por parte del Ayuntamiento a la hora de conceder tal derecho.
De esta forma, por parte del Arzobispado, se iniciaron en plazo los trámites necesarios para la ejecución del proyecto de obras y dotando a los vecinos de la zona del servicio religioso. A estos efectos, la Archidiócesis señala que desde septiembre de 2008, fecha en el que obstuvo de la Gerencia de Urbanismo Licencia para la colocación de un prefabricado en la parcela objeto del presente expediente , se instaló en el mismo un despacho parroquial, reuniéndose en él, además el consejo parroquial, cumpliéndose la satisfacción del fin que originó el otorgamiento del derecho de superficie. Por último solicita la prórroga para la finalización de las obras hasta 10 de junio de 2012.
Por lo que se refiere a este punto, decir tal como argumenta el Arzobispado, que, si bien es cierto que la construcción del Centro no se finaliza en el citado plazo, no lo es menos que las citadas obras se inician con anterioridad, tal como indica el inspector de viviendad en el informe a que hemos hecho referencia y al cual nos remitimos, por lo que el presente caso ha de tenerse en cuenta un aspecto concreto, cual es la condición temporal del derecho de superficie, sino que ha de relacionarse con la finalidad prevista por esta Administración al otorgar el derecho de superficie que no es otro que el interés público y general que ha de regir toda la actuación de las Administraciones Públicas, que en este caso, no es otro que destinar este suelo al uso especificado por el PGOU, concretamente , SIPS-SC.
A mayor abundamiento, el art. 9.2 de nuestra Norma Suprema en relación con el art. 16 del mismo Cuerpo legal impone a los Poderes Públicos la obligación de promover las condiciones para que la libertad religiosa y de culto sean reales y efectivas, así como que la parcela en cuestión ha sido destinada a los fins propuestos."
En virtud de lo expuesto, la técnico que suscribe considera que no existe inconveniente legal para que la Excma. Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, como órgano competente en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas por la Dsiposición Adicional Segunda, apartados 2 y 3 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, así como por el Acuerdo Sexto adoptado por la Excma. Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, en sesión 27 de septiembre de 2007, se proceda a desestimación de la totalidad del recurso interpuesto por D. Antonio Rojas Romero.
Sevilla, 15 de diciembre de 2009
LA JEFA DEL NEGOCIADO DE TRÁFICO JURÍDICO
Fdo.: Blanca Acuña Sánchez
Vº Bº Y CONFORME
LA JEFA DEL SERVICIO DE PATRIMONIO
Fdo.: Lourdes Vidal García

martes, 19 de enero de 2010

Sobre el comentario de don Emilio Carrillo

En mi entrada del viernes, 1 de enero, relativa al Decálogo para los políticos en el nuevo año 2010, tuve el honor de recibir un comentario del señor Carrillo, exconcejal del Ayuntamiento de Sevilla, al que yo mencionaba expresamente a propósito del punto nº 5 del citado Decálogo.
En un tono muy comedido y correcto, sin ninguna acritud (como decía el ahora resucitado Felipe González), don Emilio pone de manifiesto que su actual cargo en el organigrama de la Diputación Provincial de Sevilla le corresponde por derecho, en virtud de unas oposiciones que aprobó con el nº 1 hace ya muchos años. No se trata, por lo tanto, de ningún cargo de los denominados de confianza o de libre designación, tan corrientes en las diversas administraciones españolas.
Como yo si practico la autocrítica, no tengo empacho alguno en reconocer mi metedura de pata, algo habitual cuando se acude a las generalizaciones, cosa que por otro lado he combatido siempre, luchando contra los estereotipos que afectan al mundo de la enseñanza, como por ejemplo el alto nivel de absentismo del profesorado. Así que entono el mea culpa y pido disculpas al señor Carrillo.
Para terminar solo quiero añadir que en este baile de quinielas en que se halla inmerso el proceso de sustitución del actual alcalde como candidato del PSOE para las elecciones de 2011, me ha extrañado mucho que no aparezca el nombre del señor Carrillo, pues para mí supera a todos los nombres en liza tanto en preparación intelectual como en conocimiento del entramado del gobierno muncipal.

martes, 12 de enero de 2010

Así funcionan las Delegaciones municipales (continuación)

El objeto del presente escrito es ponerle de manifiesto las deficiencias que afectan al pavimento de determinadas plazas y calles incluídas dentro del área de influencia de la A.VV. “Nuevo Porvenir”. Dichas deficiencias no son recientes ni mucho menos sino que se arrastran desde hace ya varios años, y pueden incluso plantear algún quebranto económico al propio Ayuntamiento, pues es muy posible que alguna persona tenga alguna caída por la incuria municipal, e interponga la correspondiente denuncia.
Concretamente, a la altura de los números 4 y 5 de la plaza Vicente Aleixandre, existe un abombamiento del suelo con desprendimiento de las baldosas, ya conocido “in situ” por personas adscritas al Consistorio. Sin ir más lejos el mismo director del Distrito Sur y el técnico municipal Carlos Lacasa. Este último, incluso se tomó la molestia de tomar varias fotografías. Pero, aunque ha pasado más de un año, el desperfecto sigue sin arreglarse. Aquí hay muchas probabilidades de que alguien tenga un accidente, especialmente por la noche, debido a la escasa iluminación
También se han producido abombamientos de las aceras en determinadas calles del barrio, debido al empuje de las raices de los árboles. En algunos casos han dado lugar al desprendimiento y hasta el desplazamiento de las losetas, representando un grave peligro para los viandantes. Esto ha ocurrido, por ejemplo, en las calles Adriano del Valle y Amado Alonso.
Reconozco que debe haber solidaridad entre los barrios y que por consiguiente las mayores inversiones deben ir destinadas a los barrios más humildes, pero esto no quiere decir que haya que abandonar a los demás barrios.
Espero que atiendan mis peticiones y que a la mayor brevedad posible solventen las deficiencias señaladas.
Sevilla, 30 de noviembre de 2009



Te saluda atentamente






Firmado: Antonio Rojas Romero
Presidente de la A.VV. “Nuevo Porvenir”



SR. DELEGADO DE INFRAESTRUCTURA Y SOSTENIBILIDAD
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

Así funcionan las Delegaciones municipales

Hace ya ocho meses y medio, concretamente el 17 del pasado mes de marzo, tuve una entrevista con usted en su despacho. En ella le expuse la situación en que se encontraban las plantas de determinadas zonas de mi barrio y su entorno. En este sentido, le puse de manifiesto que el seto de la plaza Vicente Aleixandre no había sido repuesto en su totalidad, después de haber procedido al vallado del mismo, habiéndose quedado algunos espacios sin replantar. La explicación del técnico que nos acompañaba fue que la operación no se había podido ultimar debido a la existencia de cemento en la base de los mencionados espacios. Dicha explicación no me convenció en absoluto y llegamos al acuerdo de completar la repoblación en el menor tiempo posible.
Después de todo el tiempo transcurrido no se ha hecho absolutamente nada y el seto está cada vez más deteriorado. Ya no sólo se han secado algunas de las plantas nuevas, sino que debido al escaso mantenimiento (especialmente falta de riego durante el verano) y también a la práctica de juegos por parte de losa niños, juegos, no lo olvidemos, teóricamente prohibidos por una Ordenanza emanada de esa misma Delegación municipal, también se han secado hasta plantas ya veteranas.
Por supuesto de que tampoco se ha atendido mi petición de fragmentar el espacio aledaño al seto, colocando o bien unos árboles, o más sencillo todavía, unos macetones, al objeto de dificultar al máximo la práctica del fútbol por parte de los niños. Eso si, me he dado cuenta que muy cerca de la mencionada plaza, concretamente en la avenida Ramón Carande sí han colocado en la mediana unos grandes macetones. Eso quiere decir que esa Delegación posee los fondos suficientes para acometer una actuación eminentemente estética y sin embargo presenta reticencias a hacer lo propio en un espacio donde aparte del componente estético tendría además un fin utilitario.
También me he percatado que por fin han repuesto los naranjos perdidos en dicha avenida así como los de la calle Estepa en el barrio del Tiro de Línea. Me parece muy bien, pero las inversiones deben beneficiar a todos los barrios, porque los políticos olvidáis con frecuencia que sois unos meros administradores coyunturales de los fondos públicos.
Así que para terminar le reitero las peticiones que ya les hice en la aludida entrevista:
1ª.- La rápida reposición de las plantas que faltan en el susodicho seto, sin esperar a que se terminen los plantones, como ya ha ocurrido en otras ocasiones, o que lleguen los calores de la primavera ya avanzada.
2ª.- La instalación en los espacios aledaños al seto de varios macetones, como mínimo seis, para dificultar al máximo la práctica del fútbol en esa zona de la plaza.
En otro orden de cosas, no estaría de más proceder a la poda de los árboles de algunas calles y plazas de la zona de lo que era antes la fábrica de Catalana de Gas.
Esperando que en esta ocasión atiendan a mis peticiones, les saluda



Firmado: Antonio Rojas Romero
Presidente de la A.VV. “Nuevo Porvenir”


SR. DIRECTOR DE ÁREA DE LA DELEGACIÓN DE PARQUES Y JARDINES
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

domingo, 3 de enero de 2010

Decálogo para los políticos con vista al nuevo año 2010 (Continuación)

6.- Considerar que ellos son unos meros administradores temporales de los fondos públicos y por lo tanto, independientemente de la lógica aplicación del principio de solidaridad para atenuar las desigualdades sociales, deben ser más ecuánimes a la hora de planificar las inversiones por barrios, abandonando el sectarismo extremo que aplican en función fundamentalmente de los réditos electorales. Así en el caso concreto de Sevilla hay barrios donde las inversiones municipales brillan por su ausencia, tal como ocurre por ejemplo en El Porvenir. Aquí jamás ha existido una sola inversión de los denominados Planes de Barrios y respecto al famoso Plan E tampoco nos ha correspondido nada, excepto una obra que afecta sólo marginalmente al barrio cual es el Paso subterráneo que comunicará la avenidad del Cardenal Bueno Monreal con el Puente de las Delicias. Basta recorrer un centenar de metros y nos encontramos con el barrio del Tiro de Línea, que se ha beneficiado de todos los planes municipales de inversión. ¿Cómo se explica esto? ¿Acaso el Porvenir no tiene problemas y el Tiro de Línea tiene graves carencias? Nada de eso. La explicación es muy sencilla : en el Porvenir ninguno de los dos partidos que gobiernan actualmente en la ciudad se comen un pimiento, hablando en términos electorales, puesto que el partido más votado es el PP; en cambio, en el Tiro de Línea el partido más votado es el PSOE. Así que los ciudadanos que vivimos en barrios de clase media, más todavía si es de clase media-alta, estamos como castigados, aunque nuestra ideología sea más afín con los partidos de izquierda.
7.- Tratar con la misma consideración y en régimen de igualdad a todas las entidades ciudadanas independientemente de su componente ideológico, social o su ámbito territorial, eliminando el nefasto favoritismo respecto a las entidades afines a los partidos políticos que detentan el gobierno municipal. Esto es algo que yo he sufrido en el contexto de las asociaciones vecinales, pues desde hace varios años presido una llamada "Nuevo Porvenir". Pues bien, me cuesta mucho más trabajo conseguir las mejoras para mi barrio que otras asociaciones, que tienen acceso libre a los despachos municipales, y que en la práctica son meras correas de transmisión de los propios partidos gobernantes. Eso ocurre con dos asociaciones afines al PSOE, una en el Tiro de Línea, y otra en la barriada Felipe II. Baste decir que los directivos de dichas asociaciones son al mismo tiempo representantes del PSOE en la Junta municipal del Distrito Sur. Ni que decir tiene que estas asociaciones carecen de la independencia y de la libertad para ejercer la crítica, pero a cambio consiguen practicamente todo lo que piden. No hay tampoco que olvidar que esta afinidad entre gobernantes y asociaciones favorece la aparición de casos de corrupción como se ha visto claramente en Sevilla en el caso de la asociación denominada Unidad. Yo, por mi parte, al ver que por los cauces normales no podía conseguir la protección del seto de la plaza Vicente Aleixandre, inmerso en un proceso de degradación galopante, tuve que hacerlo a través de los Presupuestos Participativos. Aún así, en este caso encontré serios problemas por parte del Distrito Sur, controlado por Izquierda Unida, porque el entonces secretario del Distrito, Miguel Carvajo, no tenía muy claro eso de instalar una valla metálica con dinero público para proteger un seto en un barrio de supuestos ricos. Eso sí, no hubo ningún problema para invertir 14.000 euros en el "Adecentamiento de la plaza del Alcalde Horacio Hermoso" (así rezaba en el cartel) y 28.000 en la calle Avión Cuatro Vientos (en este caso para instalar también una valla). Basta con darse una vuelta por ambos sitios para darse cuenta de la forma tan indignante de malgastar el dinero público. En la plaza mencionada ya no queda pista alguna del famoso adecentamiento, que consistió fundamentalmente en instalar una docena de macetones (ya han desaparecido todos) y en el arreglo de un pequeño parterre (hoy está que da pena). En Avión Cuatro Vientos, como para eliminar el cuerpo del delito, el mismo Ayuntamiento eliminó las vallas, pues la zona se había convertido en un pastizal impresionante, donde las tuyas que plantaron habían desaparecido practicamente todas, y donde incluso los nuevos árboles (lo único que queda ya) resistían a duras penas. Mientras, el seto de la plaza Vicente Aleixandre, a pesar de estar protegido por la valla, se mantiene a duras penas, puesto que el mantenimiento por parte de la Delegación de Parques y Jardines deja mucho que desear y porque los niños siguen practicando huegos especificamente prohibidos por las Ordenanzas muncipales que la Policía local no vela para que se cumplan.
8.-Procurar cumplir las leyes, normas y acuerdos, pues no sé con qué fuerza moral pueden obligar a los ciudadanos que hagan lo propio si ellos se los saltan a la torera. Aquí viene como anillo al dedo el caso del solar sito entre las calles Jorge Guillén y Pedro Salinas, donde el Ayuntamiento de Sevilla, despreciando los puntos del acuerdo con el Arzobispado, ha posibilitado que donde debería ir ubicada una dotación pública (una biblioteca, un centro de día para la tercera edad, etc) se construya una nueva parroquia de forma irregular, cuando todos sabemos que con la actual de San Sebastián nos basta y nos sobra. Pero claro, este alcalde capillita que tenemos no quiere enemistarse con la jerarquía eclesiástica, e incluso el primer teniente de alcalde me dijo en una ocasiós, a propósito de este tema , aquello ya tan manido "Con la Iglesia hemos topado". Con estos gobernantes tan pusilánimes no me extraña que sigamos topando con ella indefinidamente. Esto nos lleva a otra consideración : que los políticos deberían tratar por igual a todas las instituciones y por supuesto a todas las personas.
9.-Administrar correctamente los fondos públicos, eliminando muchos cargos públicos superfluos, creados especificamente para colocar a sus militantes. Tanto es así que cuando se diseñan los organigramas de los diferentes organismos, en lugar de hacerlo teniendo en cuenta la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, parece que se hace en función de los compromisos que tiene cada partido a la hora de contentar al máximo de afiliados. Así se explica uno que en ciertas dependencias municipales aparezcan muchas mesas vacías, con el ordenador muerto de risa. Cuando preguntas por un determinado individuo casi siempre recibes la misma respuesta. Si es por la mañana, un recurso muy corriente es la salida para tomar café; en otras ocasiones te suelen decir que han salido para resolver algún asunto. Pero lo cierto es que tú ves a las empleadas sobre todo con las bolsas de plástico, señal inequívoca de que ha aprovechado el tiempo del trabajo para hacer sus compras. Esto pone de manifiesto que el control sobre la actuación de estos empleados es mínimo, por no decir nulo, con lo cual sólo cumplirán con su obligación aquellos más conscienciados. En las entradas de las dependencias municipales se observa un número de empleados excesivo, de tal manera que donde bastaría con un solo bedel te puedes encontar con dos o tres. Así ocurre por ejemplo en el edificio de la calle Pajaritos y no digamos en la Delegación de Parques y Jardines. No puedo dejar de mencionar el excesivo número de coches oficiales del Ayuntamiento de Sevilla. El alcalde y el primetr teniente de alcalde sólo cogen el transporte público y las bicicletas con un afá propagandístico, cuando debieran dar ejemplo acudiendo a sus despachos en los diferentes medios del servicio público de transporte. ¿Y que decir de los gastos superfluos en ágapes y libaciones disfrazados de actos protocolarios? En una época de crisis, com la que estamos atravesando esto debería desaparecer y el que quiera comer y beber que lo haga con su dinero. No se puede convertir el Alcázar de Sevilla en un restaurante para gorrones a costa del erario público.
10.- En definitiva, los cargos políticos deben asumir que han recibido el mandato por parte de los ciudadanos para intentar mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos en general, y no, como algunos parecen interpretar, para aprovechar el ejercicio de su cargo exclusivamente para mejorar su situación personal y familiar. Así lo único que conseguirán es una cada vez mayor pérdida de legitimidad con un desapego creciente por parte de la ciudadanía unido a un deterioro alarmante del régimen democrático.

viernes, 1 de enero de 2010

Decálogo para los políticos con vista al nuevo año 2010

Según el Barómetro del CIS correspondiente al pasado mes de noviembre, la clase política era el tercer problema más importante de España, después del paro y la situación económica. Esto es algo alarmante, teniendo en cuenta que precisamente el cometido fundamental de los políticos debería ser solucionar los problemas de los ciudadanos, y resulta que no sólo es así sino que su nefasto comportamiento representa un grave problema para la sociedad. Por eso, aporto mi granito de arena y me permito exponer un decálogo que pudiera contribuir a mejorar la actuación política. Aunque los distintos apartados pueden aplicarse a los diferentes estratos de la Administración del Estado, mis recomendaciones van dirigidas fundamentalmente a los políticos que integran la administración municipal de la ciudad de Sevilla.
1.- Aceptar la crítica, siempre y cuando sea constructiva, aunque sea de los grupos políticos rivales (en este caso suelen rechazarla de forma sistemática). Sé por experiencia que no aceptan las críticas, por más que sean bien intencionadas. En este sentido, los ciudadanos debemos ejercerla cotidianamente y no conformarnos con votar cada cuatro años. Esto es lo más cómodo para los políticos, pero nosotros desempeñaríamos el papel del "ciudadano pasivo" de la época de la Restauración, máxime teniendo en cuenta que los políticos raramente cumplen su programa electoral.
2.- En consonancia con el punto anterior, los políticos deben también ejercer la autocrítica, reconociendo que como seres humanos que somos todos podemos equivocarnos, siendo muy conveniente, en el supuesto de cometer algún error, expresar un decidido propósito de enmienda. Ello impregnaría la actuación política de una adecuada dosis de humildad que contribuiría a mejorar la confianza de la ciudadanía que actualmente está por los suelos. Pues bien, es muy inusual que un político ejerza la autocrítica, pues en ese caso considera que le está dando bazas a sus contrincantes que lo atacarán sin piedad. Normalmente lo que hacen es lanzar balones fuera, desviando la responsabilidad hacia otras instituciones u otros cargos. La no asunción de la responsabilidad se ve amparada por la autonomía de las distintas administraciones que muchas veces no tiene bien delimitadas sus competencias, y explica también por qué en este pais resulta tan difícil que un político presente la dimisión o que el jefe de turno lo cese.
3.- Luchar decididamente y sin contemplaciones contra un fenómeno muy extendido en España cual es la corrupción. No es algo inherente a un determinado partido sino que se puede decir que afecta practicamente a todos, si bien la cantidad de casos dependerá del ámbito de poder de cada uno de ellos. En nuestro pais el cáncer de la corrupción se asocia indefectiblemente con el auge experimentado por la industria de la construcción en los años anteriores a la crisis actual. De aquí que se cebe especialmente sobre los gobiernos locales. Sin ir más lejos, en el caso de Sevilla tenemos un ejemplo claro con el caso de Mercasevilla. Aquí están implicados individuos pertenecientes al Ayuntamiento de Sevilla y a la Junta de Andalucía por el cobro de comisiones irregulares por la venta de un solar. Pero, ¡ojo!, eso no quiere decir ni mucho menos que los políticos del PP sean unos benditos, si no que sencillamente en ambas administraciones están en la oposición, y para chupar del bote se necesita ejercer el poder. Así se ve por el famoso caso Gúrtel que contamina a dos regiones autonómicas controladas por el PP: Madrid y la Comunidad valenciana. ¿Cómo han reaccionado en estos casos los dirigentes de los diferentes partidos? Muy sencillo. Como suelen hacer siempre, primero niegan el hecho, acudiendo a la socorrida presunción de inocencia; cuando ya no pueden negar el acto corrupto suelen cargar contra los medios de comunicación y contra la oposición con el manido argumento de "y tú más". En ningún caso hacen lo que deben hacer: con la aparición de indicios sólidos exigir la dimisión inmediata del individuo implicado, o en caso de que no lo haga, proceder a su cese fulminante.
4.- Disminuir de forma drástica el número de asesores y cargos de confianza, pues, máxime en un período de crisis profunda en que nos encontramos, resulta chocante el excesivo número de asesores con que cuentan los altos cargos políticos. Da la sensación de que su falta de preparación es tan descomunal que necesitan consejeros para emitir cualquier decisión por insignificante que sea el problema. Eso ocurre con el alcalde de Sevilla, personaje inútil donde los haya, pues a pesar del alto número de asesores (él se jacta de los buenos asesores jurídicos que tiene) suele meter la pata frecuentemente, adoptando decisiones (v.g. la construcción de una biblioteca universitaria en el Parque del Prado de San Sebastián que la Administración de justicia mantiene de momento paralizada). Los cargos de confianza deben reducirse al mínimo pues no resultaq ético, sobre todo desde el punto de vista de los JASP (Jóvenes aunque suficientemente preparados) que tienen muchos problemas para encontrar un puesto de trabajo digno, que otros jóvenes, por el mero hecho de tener el carnet de un partido, tengan un fácil acceso a un empleo, rompiendo el mandato constitucional de los principios de igualdad, capacidad y mérito. Me consta que en el Ayuntamiento de Sevilla hay muchos empleados que el único mérito que puedieron alegar fue la afiliación a los partidos gobernantes, pero que con el tiempo pueden conseguir el estatus de funcionario por la puerta falsa. Esto redunda incluso en el funcionamiento municipal en sentido negativo, debido a su falta de preparación.
5.- Reformar los partidos políticos y las listas electorales. Los partidos políticos, un elemento esencial según la Constitución para articular el sistema democrático, paradójicamente carecen de una estructura democrática sólida. Tiene una estructuraq piramidal en la que unos cuantos dirigentes toman las decisiones mientras los demás se limitan a acatarlas servilmente. Lo hacen así ante el temor de ser desalojados si no actúan fielmente, como reza el consabido lema, atribuido a Alfonso Guerra: "el que se mueva no sale en la foto". A consecuencia de esto, las personas dotadas de espíritu crítico y ¿por qué no decirlo? de dignidad, huyen de la política como de la peste, con lo cual la actividad política se está convirtiendo cada vez más, salvo rarísimas excepciones, en un campo abonado para individuos mediocres que sólo ven en la actividad política una forma de ganarse la vida. Es el clásico politico profesional, un individuo que aunque tenga una carrera no es un profesional destacado y ha encontrado un filón magnífico en la política, donde con una poca de suerte puede medrar toda su vida. Todo es cuestión de tener los padrinos adecuados en cada ocasión De la misma manera, el sistema de las listas cerradas no quiere decir que los que figuran al principio sean los mejores ni mucho menos, sino que los dirigentes de los partidos suelen colocar a los individuos más maleables en los primeros puestos, independientemente de su valía personal. Así en las listas electorales del PSOE del Ayuntamiento de Sevilla en las tres últimas elecciones ha figurado como número uno don Alfredo Sánchez Monteisirín en detrimento de personas más preparadas, como por ejemplo don Emilio Carrillo que al final se ha visto pbligado a abandonar el propio Ayuntamiento debido a la confrontación personal entre ambos, encontrando refugio (los políticos no acostubran a engrosar el paro) en la Diputación provincial de Sevilla. Ya puestos a reformar, habría que reformar también el sistema de financiación de los partidos políticos, porque muchos casos de corrupción están relacionados con la asfixia financiera de los partidos que se gastan cantidades ingentes en las campañas electorales.